La justicia blinda el uso del valor catastral de la vivienda para fijar el pago del Impuesto de Transmisiones. Hacienda utiliza desde 2022 este parámetro, en vez del valor del mercado del inmueble.
Los jueces rechazan que los contribuyentes puedan impugnar este valor aportando como contraste del precio de la vivienda la tasación de la misma y les exigen que motiven el valor real del inmueble, incluso con informes periciales.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una sentencia del 11 de febrero, resuelve el litigio de un contribuyente contra Hacienda por el impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
La sentencia recuerda que la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales indica de forma clara que, en el caso de inmuebles, el fisco tomará como valor de referencia para calcular la base imponible del tributo el que aporta el catastro, a menos que este sea mayor que el valor del mercado.